A LOS SUJETOS PASIVOS DE IVA
El Servicio de Rentas Internas les recuerda a los sujetos pasivos de IVA quienes de acuerdo al artículo 158 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, transfieren bienes o prestan servicios gravados únicamente con tarifa 0%, así como aquellos que estén sujetos a la retención total del IVA causado, presentarán declaraciones semestrales.
Para el segundo semestre del año 2014 que comprende los meses de julio a diciembre, estos sujetos pasivos deben presentar su declaración semestral atendiendo a su noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes, en este mes de enero conforme al siguiente detalle:
Noveno dígito del RUC | Semestre | Fecha de vencimiento |
1 | Julio a Diciembre 2014 | 10 de enero de 2015 |
2 | 12 de enero de 2015 | |
3 | 14 de enero de 2015 | |
4 | 16 de enero de 2015 | |
5 | 18 de enero de 2015 | |
6 | 20 de enero de 2015 | |
7 | 22 de enero de 2015 | |
8 | 24 de enero de 2015 | |
9 | 26 de enero de 2015 | |
0 | 28 de enero de 2015 |
Cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados, aquella se trasladará al siguiente día hábil.
Si el sujeto pasivo presentare su declaración luego de haber vencido el plazo mencionado anteriormente, a más del impuesto respectivo, deberá pagar los correspondientes intereses y multas que serán liquidados en la misma declaración, de conformidad con lo que disponen el Código Tributario y la Ley de Régimen Tributario Interno.
Adicionalmente, se les recuerda a los sujetos pasivos que cuando presente una declaración en su totalidad con valores en cero y posteriormente la sustituya registrando valores que demuestren efectivamente el hecho generador, la base imponible y la cuantía del tributo, deberá, en esta última, calcular la multa correspondiente de conformidad con la Ley de Régimen Tributario Interno, sin perjuicio de las demás sanciones a que hubiere lugar. Su declaración sin valores se considerará como no presentada.
FUENTE: S.R.I.-Manabí