En Enero se debe presentar la proyección de gastos personales

Durante el mes de enero, las personas que trabajan en relación de dependencia, deberán presentar el formulario de proyección de gastos personales de 2016 a su empleador. Eso permite fijar el monto mensual de la retención del Impuesto a la Renta, en caso de que sus ingresos de este año superen los 11.170 dólares.

El documento recoge una proyección de los gastos que se realizarán durante este año en vivienda, educación, vestimenta, alimentación y salud, que le permitirán deducir hasta el 50% del total de sus ingresos, pero no puede superar el límite deducible de este año: 14.521 dólares, según lo estableció el Servicio de Rentas Internas (SRI).

Gasto Monto
Vivienda $ 3.630,25
Alimentación $ 3.630,25
Vestimenta $ 3.630,25
Educación $ 3.630,25
Salud $ 14.521
Monto máximo $ 14.521

 

El contribuyente debe respaldar todos los gastos con comprobantes de venta físicos y electrónicos, que pueden estar a nombre del contribuyente, su cónyuge, conviviente o hijos menores de edad o con discapacidad, que dependan directamente de él.

Si en el transcurso del año, sus ingresos o gastos proyectados cambian, el contribuyente podrá presentar una actualización del formulario en julio o agosto próximos, así se reliquidan las retenciones de los meses siguientes.

No olvide que si los rubros de los gastos deducibles superan el 50% de sus ingresos deberá presentar el Anexo de gastos personales, en febrero de 2017. Además, realizar la declaración del Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2016 y pagar el tributo de acuerdo a la siguiente tabla:

Año 2016 – en dólares
Fracción básica Exceso hasta Impuesto fracción básica Impuesto fracción excedente
0 11.170 0 0%
11.170 14.240 0 5%
14.240 17.800 153 10%
17.800 21.370 509 12%
21.370 42.740 938 15%
42.740 64.090 4.143 20%
64.090 85.470 8.413 25%
85.470 113.940 13.758 30%
113.940 En adelante 22.299 35%

 

El formulario de proyección de gastos está disponible en la página web del SRI (www.sri.gob.ec), en la opción Declaración de impuestos, Qué es y para qué sirve. En el submenú Más en esta sección, ingrese a formularios e instructivos, allí encontrará el Formulario SRI-GP, o siguiendo el link: http://goo.gl/SlRBSz


 

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