Nuevas directrices para comercialización de vehículos usados

Con el objetivo de ofrecer seguridad a la ciudadanía en las transacciones de compraventa de vehículos usados a través de intermediarios, el Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió la resolución NAC-DGERCGC14-00575, publicada el día 6 de agosto de 2014 donde se dispone el uso de dos nuevos documentos: «Liquidación de Compra de Vehículos Usados» y «Acta de Entrega – Recepción de Vehículos Usados».

El primero debe ser emitido cuando los comerciantes adquieran vehículos usados, mientras que el segundo se aplica en los casos en que reciban vehículos usados para su venta por intermediación (comisión o consignación).

Este mecanismo protegerá a los comerciantes de la competencia desleal generada por quienes eluden formalidades documentales y tributarias. A su vez, los compradores y vendedores de vehículos podrán exigir sus derechos para evitar ser víctimas de estafa, exigir los pagos respectivos y/o como garantía de las transacciones.

Los documentos se deben solicitar en cualquier imprenta gráfica autorizada por el SRI, sustentarán la tenencia de los vehículos usados, conjuntamente con los contratos respectivos en los que se exigirá que quien figure como propietario, sea quien conste como tal en la matrícula del vehículo, o en su defecto, quien acredite poder conferido por dicho propietario.

Para hacer uso de los nuevos requisitos los comerciantes deberán actualizar el Registro Único de Contribuyentes (RUC), especificando las actividades de «Compraventa de Vehículos Automotores Usados” y de “Intermediación en la Compraventa de Vehículos Automotores Usados.”

Esta normativa afectará únicamente a quienes se dediquen a la actividad de intermediación y compraventa de vehículos usados. Por lo tanto, las transacciones realizadas entre particulares no se acogerán a este proceso.

Los ciudadanos que realicen transacciones de esta naturaleza y no reciban dichos documentos, podrán presentar sus denuncias llamando al Centro de Atención Telefónica, 1700-SRI-SRI o en la página web www.sri.gob.ec..


 

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